martes, 19 de septiembre de 2023

TENÍAS RAZÓN MARTÍNEZ PATIÑO II

Argumentos que empleamos 

Los argumentos de nuestro informe de 1986, y que todavía pueden ser válidos para juzgar el caso de Caster Semenya, se basaban en una serie de consideraciones científicas acerca de los determinantes del sexo y que se vieron reflejadas y ampliadas, años después, en un editorial de la prestigiosa revista médica estadounidense JAMA. Consideraciones que quiero exponer aquí, sin tecnicismos médicos, con una terminología que pueda ser entendida fácilmente por todos mis lectores.

Toda decisión sobre la descalificación de una atleta por encontrar en la misma rasgos corporales del sexo masculino, debe basarse en un conocimiento claro de los factores determinantes del sexo en el ser humano, el ser hombre o ser mujer, considerando la existencia de seis tipos de sexo, el genético, el anatómico, el hormonal, el psicológico, el sociológico, y el jurídico.

El primer determinante; es el ligado al sexo genético. El ser humano tiene 22 pares de cromosomas autosómicos y un par sexual. Este último es el que determina el sexo genético ya que ordinariamente los varones tienen un par XY y las mujeres uno XX, pero ello puede no ocurrir siempre. Hasta la octava semana de la gestación el feto es ambiguo y no tiene ninguna característica que permita diferenciarlo según su género, pero en uno de los brazos del cromosoma Y existe un gen, el SRY, que ordena diferenciarse a las células germinales del embrión para dar lugar a los órganos genitales masculinos. En ausencia de este gen, el cuerpo del feto, se feminiza y por eso se explica que hay mujeres que aun siendo XY tienen todas las características femeninas porque les falta o está alterado ese gen SRY de la masculinización.

El segundo determinante;
es el sexo morfológico compuesto por una serie de caracteres anatómicos del aparato genital masculino o femenino interno y externo, musculatura, distribución del vello y la grasa, morfología de la laringe, desarrollo de las mamas, etc. 

El tercer determinante;
es el sexo hormonal. Aunque hombre y mujer tienen las mismas hormonas la proporción de cada una de ellas es distinta en cada sexo y así la testosterona predomina en el hombre y estrógenos y progesterona en la mujer, siendo este contenido hormonal el que determina generalmente las características anatómicas diferenciales antes señaladas. Pero existen excepciones a esta norma en casos conocidos. Uno, es el de personas, con fórmula XY y alteraciones en el gen SRY que producen poca testosterona y como consecuencia su aparato genital no está diferenciado en sentido masculino, aunque carecen de ovarios y sus caracteres sexuales secundarios están poco desarrollados. Otro caso es el de personas también XY y con el gen SRY normal, que producen testosterona en cantidades adecuadas para el sexo masculino, pero que adquieren caracteres femeninos porque los receptores de esta hormona a nivel de los tejidos se han alterado y así observamos que junto a los genitales externos femeninos existen unos testículos más pequeños que no han descendido hasta la bolsa escrotal, quedándose en la cavidad abdominal.

El cuarto componente; sería el del sexo psicológico, el pensar, el sentir como hombre o como mujer, con desarrollo de sus instintos en una u otra dirección, identificado o no con su sexo genético, morfológico u hormonal.

El quinto componente;
sería el sexo social, que se concreta en su rol social actuando como hombre o mujer en sus relaciones dentro de la sociedad. No debemos olvidar que el género, masculino o femenino, es una construcción cultural y social sujeta a cambio, y que se determina por la forma en que se nos percibe y se espera que pensemos y actuemos como hombres y mujeres, según los criterios y valores del tipo de sociedad a la cual pertenecemos. Género que se aparta cada vez más de los caracteres biológicos siendo las diferencias sociales entre hombre y mujer cambiantes en el tiempo, variables en cada cultura y aún dentro de la misma. El reparto de actividades, tareas y responsabilidades se aleja cada vez más de las características biológicas de cada sexo, los estereotipos de género van perdiendo fuerza, pero aún tenemos que considerar este sexo social, no sabemos por cuánto tiempo, como un determinante de la condición de hombre o mujer.

El sexo jurídico;
es el que figura en nuestro DNI, reflejo de lo inscrito en el Registro Civil según la partida de nacimiento presentada en el mismo.

Cada uno de estos sexos puede ser explorado por diversas técnicas. El genético por estudios sobre la formula genética al alcance de cualquier laboratorio especializado. El morfológico por la simple inspección, palpación, ecografía, laparoscopia, etc y el hormonal por la determinación analítica de las hormonas sexuales tales como la testosterona, DHEA, 4-Androstendien, Estradiol, Progesterona, etc. Un buen estudio psicológico nos revelará este factor determinante de su condición de hombre o mujer y la adecuación de su comportamiento con los roles asignados al género por la sociedad en la que vive, nos definirá el género al que socialmente pertenece.

En el caso de María José Martínez Patiño, y no revelamos ningún secreto profesional pues esto se hizo público con su autorización y en el momento oportuno para limpiar la imagen de la atleta, los argumentos esgrimidos por nosotros, para solicitar la recalificación, se basaban en que solo se pudo demostrar la existencia de sexo genético de tipo masculino, teniendo el resto de los sexos las características exigidas de feminidad. Los niveles de testosterona, eran incluso un poco más bajos de lo normal y del carácter y del comportamiento muy femenino de María José nadie había dudado, hasta que la Federación Española de Atletismo publicara esa desafortunada nota, sin respetar las más elementales normas de protección de la privacidad, haciendo valoraciones generales, y lo que es peor tomando decisiones importantes, basándose solo en datos parciales que no podían llevar a una conclusión sólida, veraz y definitiva.

¿ Que podemos decir del sexo de Caster Semenya?. A través de las informaciones de los medios de comunicación sólo conocemos aspectos muy parciales del caso, cosa que no ocurrió con José María Martínez Patiño. Afirman estos medios, no sé con qué certeza, que la atleta sudafricana tiene niveles altos de testosterona, único dato objetivo que aportan, y hacen valoraciones sobre su morfología corporal, masa muscular, rasgos faciales, distribución del vello, para dudar de su feminidad.

Los mismos argumentos que empleamos para recalificar a la atleta española podían ser aplicados para solventar las dudas que puedan existir respecto a la atleta sudafricana, con más evidencia científica en el momento actual por los avances en genética, bioquímica y endocrinología. Un solo dato analítico, la elevación de la testosterona, no puede definir la condición sexual de una persona, como lo fue en el caso de la española la existencia de un XY en la masa cromosómica, y lo que procede es hacer un estudio biopsicosociológico más completo, no para determinar si es hombre o mujer, sino para valorar si tiene, de entrada, ventajas competitivas, sobre el resto de competidoras, que la impida participar en esa categoría.

Si valoramos solo los niveles de testosterona para definir a Caster como hombre ¿dónde incluiríamos a las mujeres, con los sexos genético, morfológico, psicológico, sociológico y jurídico femeninos, pero que padecen una alteración ovárica o suprarrenal, bien de tipo temporal, como en la pubertad, la menopausia, o el ovario poliquístico, o bien con carácter definitivo, como en el síndrome adrenogenital, que les proporciona unos valores más altos de testosterona de lo normal, o los casos de insensibilidad a la testosterona.

Y si la valoración, como se hace en ciertos medios, o por la persona de la calle, se concreta exclusivamente en rasgos de su anatomía, la confusión es fácil con otras alteraciones hormonales o metabólicas, que no tienen nada que ver con las características sexuales y por lo tanto ajenas a su condición de hombre o mujer.

Esperemos pues al completo estudio que se está realizando a la atleta sudafricana para determinar, primero si por las características anatómicas y funcionales de su organismo, de forma natural, tiene una clara ventaja sobre las competidoras de la categoría femenina y segundo, si esa ventaja es de la suficiente entidad para descalificarla de esa categoría. Cuestión esta última más complicada de solucionar pues nos puede abrir otros debates más amplios, sobre todo si valoramos fundamentalmente para la descalificación datos morfológicos o funcionales, como la masa muscular o la capacidad cardiorrespiratoria, derivados de una determinación genética. Y que nos llevaría a plantearnos cuestiones tan absurdas como la descalificación de Usain Bolt, el atleta más admirado en la actualidad, por el hecho de tener unas características anatómicas y funcionales excepcionalmente altas para alcanzar grandes velocidades y batir récords, derivadas, según algunas hipótesis, por una disposición genética no de tipo sexual, sino étnico de los jamaicanos que les da ventaja sobre sus competidores para competir en determinadas distancias.

En conclusión, que no podemos, ni debemos, hacer diagnóstico alguno sobre el sexo de la atleta, basándose solamente en unos datos hormonales o en unos rasgos anatómicos o funcionales, sino que es preciso esperar los resultados de un estudio muy completo de toda su personalidad biopsicosociológica, que debe estar ya realizándose, y que decidirán, no ya sobre la condición masculina o femenina de la atleta, sino sobre si esa personalidad supone una ventaja participando en pruebas atléticas dentro de la categoría femenina. Y como enseñanza a extraer de este y otros casos similares es la cautela y la discreción con que deben ser tratados, sin darles una publicidad que puede causar daños psíquicos irreparables en las personas cuyo sexo ha sido puesto en duda.

Alejandro José Domingo Gutiérrez

Madrid 19 de Septiembre del 2023


No hay comentarios:

Publicar un comentario